Constitución y Anti-Constitución
El voto negativo que dio el pueblo venezolano el pasado domingo 2 a la propuesta de nueva Constitución presentada por Chávez deja claro qué texto constitucional sigue vigente en Venezuela.
El párrafo anterior suena a perogrullada, pero no es así. Ante la proferida intención del Primer Locutor nacional de volver a debatir sobre su fracasado proyecto, hay que subrayar que ya sus 33 cambios presentados el 15 de agosto y los agregados por la Asamblea Nacional, que llegaron hasta la suma de 69 artículos con las disposiciones transitorias, derogatoria y final han sido derrotados por el Poder Constituyente que es el pueblo. No hay más.
Según la Constitución vigente de 1999, en su artículo 345, una iniciativa de reforma rechazada “no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional”. Y este adefesio que nos quitó horas de sueño y nos hizo recorrer calles y medios de comunicación para convencer sobre su intrínseca perversión fue desaprobado por el pueblo el 2 de diciembre. Es decir, que hasta después de que Chávez entregue el poder en febrero de 2013, esos cambios no podrán volver a ser propuestos.
Pero ese esperpento castrocomunista, al ser rechazado por el Poder Constituyente –el pueblo-, se ha convertido en una segunda Constitución de Venezuela. Así me lo comentó el profesor Jesús Rondón Nucete, abogado constitucionalista y ex–gobernador de Mérida. Una Constitución negativa. Un texto que contiene todas las ideas que rechaza el pueblo venezolano y que no pueden ser incorporadas a la Constitución vigente. Por lo tanto, es una Constitución que debe ser acatada, tanto como la otra.
En esa Constitución negativa el pueblo rechazó: la reelección presidencial indefinida, el período presidencial de 7 años, la desmembración de los estados y municipios que suponía “la nueva geometría del poder”, la recentralización política y administrativa, el aumento de las atribuciones presidenciales, la destrucción de la FAN con su reserva y conversión en guardia pretoriana, el socialismo, la reglamentación del tiempo libre del trabajador, las propiedades colectiva, social y comunal, la no garantía del derecho fundamental a la propiedad, la eliminación de la autonomía del Banco Central, la desaparición de los principios de transparencia, eficiencia y honestidad de la administración pública, la utilización de los bienes estatales para la creación de la economía socialista, la confederación con Cuba según un tal proyecto “Grannacional”.
Esas y otras ideas fueron puestas de lado con el voto popular del 2D, según los números del CNE, que deberán ser entregados mesa por mesa, centro de votación por centro de votación, para que así podamos verificarlos. Esos números publicados hasta ahora, producto de la “sugerencia” de Chávez, como impúdicamente reconoció la madrugada de su derrota, no causan ninguna confianza.
Quien quiera ahora presentar un programa de gobierno para el país o discutir los problemas nacionales, tiene en esa Constitución negativa su guía, su vademécum. Ahí, en el encarte multimillonario de los periódicos que mostraba los artículos a ser cambiados, está la anti-Constitución de Venezuela. Están enumerados todos los fantasmas y las amenazas reales a las que el pueblo se enfrentó y ha decidido impedirles el paso.
En el referendo sobre la mal llamada reforma, tal y como lo prevé el artículo 344 de la Constitución, el número de votos afirmativos fue inferior al número de votos negativos. Por lo tanto, el proyecto de “reforma” recibió un palazo que lo saca del campo hasta que culmine este período presidencial. A menos que Chávez quiera arriesgarse a una nueva derrota convocando a una Asamblea Nacional Constituyente.
El capítulo de la Constitución vigente, correspondiente a la Asamblea Constituyente presenta muchas fallas. Pareciera haber sido redactado con descuido. Por ejemplo, no prevé que el texto constitucional producto de sus deliberaciones sea sometido a un referendo aprobatorio, tal y como se sometió el proyecto de “reforma” chaviana el pasado 2 de diciembre.
Dice el artículo 349: “Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. Imaginemos, entonces, el caos institucional elevado al cubo resultante de esta situación. Esta Asamblea podría destituir a Chávez de la Presidencia y a todo el poder Legislativo, Judicial, Electoral, Ciudadano y a los gobernadores y alcaldes. La tesis del poder originario sería nuevamente puesta sobre la mesa. Pero ésta vez para ser aplicada a quienes alegremente la usaron a su favor en 1999, con la bendición de Cecilia Sosa y compañía de la fenecida Corte Suprema de Justicia.
Chávez puede venir por allí. La lucidez no es una de sus virtudes. Y puede salir trasquilado. Porque la convocatoria de una Constituyente no sería en un ambiente tan propicio a su causa como el que prevalecía en 1999. Ninguna oposición acompañaría la convocatoria de una Constituyente que eliminara el principio de la representación de las minorías y que avalara un sistema electoral que le asignara, como entonces, el 5% de los escaños, habiendo obtenido más del 35% de los votos.
De manera que por los peligros que entraña una nueva convocatoria de una Asamblea Constituyente (poder originario y no ratificación popular de la Constitución aprobada), lo mejor sería seguir conviviendo con la existente, la de 1999.
Los venezolanos en uso de nuestra libertad nos hemos dado otro texto constitucional, como dice Rondón Nucete. Un como catálogo de errores de los que cada día debemos alejarnos más.