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Maduro promueve la comisión de crímenes de lesa humanidad

Quien ocupa el cargo de presidente, Nicolás Maduro, por medio del órgano correspondiente que es el Ministro de la Defensa, dictó una resolución el 27 de enero del presente que autoriza a las fuerzas armadas nada menos que a utilizar armamento letal para reprimir manifestaciones públicas de protesta. La Constitución de Venezuela (art. 68) prohíbe semejante despropósito militar. Por tanto, la resolución es esencialmente inconstitucional, y con ella el presidente a través de su ministro fija el parámetro institucional para que los militares procedan a cometer delitos, que pueden enmarcarse en la categoría de crimen de lesa humanidad. Por lo tanto, Maduro, así como el ministro, general Vladimir Padrino López, ya han incurrido en responsabilidad penal por instigar a delinquir.

No es nueva la acción violenta y abusiva de la fuerza armada venezolana y de sus cuerpos de inteligencia y de represión asesorados por Cuba. Lo nuevo es pretender darle piso jurídico a lo que viene siendo, a través de prácticas concretas, una verdadera política de Estado: el empleo de soldados, adiestrados para las confrontaciones con militares para reprimir con violencia marchas o protestas civiles. Semejante aberración constituye claramente un crimen de lesa humanidad

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