Opinión Nacional

Gobierno alternativo

A pesar de que Hugo Chávez diga que la legalidad de la enmienda constitucional que él propone no se debe discutir, todos los venezolanos tenemos el derecho de rebatir sus argumentos y el deber de enfrentar sus aspiraciones continuistas.

La enmienda del artículo 230 permitiría la reelección indefinida del Presidente pero esto iría en contra de un principio fundamental de la Constitución vigente, el cual se refiere al gobierno “alternativo”. Y para cambiar los principios fundamentales de la Constitución hay que hacerlo mediante una Asamblea Constituyente. Por lo tanto, la enmienda no es procedente.

La democracia para que sea verdadera debe garantizar el relevo, el cambio, la alternabilidad en el gobierno de la República por ello las dos constituciones más recientes de Venezuela así lo establecen:

“El gobierno de la República de Venezuela es y será siempre democrático, representativo, responsable y alternativo”. (Art. 3. Constitución de 1961)

“El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”. (Art. 6. Constitución de 1999)

La incorporación del adjetivo ‘participativo’ se refiere a los tipos de referenda incluidos en el nuevo texto constitucional. La palabra ‘electivo’ se escribe sin necesidad porque no se concibe una democracia sin elecciones, aunque la misma no se agote en el uso del método electoral.

Igualmente esto ocurre con el adjetivo ‘pluralista’, porque a menos que se trate de una “democracia popular” como la imperante en los desaparecidos regímenes socialistas del Este europeo y en la Unión Soviética o en la dictadura cubana, la democracia es, por definición, pluralista, implica la competencia entre diversas opciones.

De manera que, en honor a la lógica, el artículo 6 de la Constitución vigente que enumera principios fundamentales del gobierno de la República debería decir: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, descentralizado, alternativo, responsable y de mandatos revocables”.

La revocación de los mandatos sí es una verdadera innovación que merece ser incluida en el mencionado artículo. (Aunque el poder judicial haya hecho que tal norma sea casi imposible de aplicar al haber interpretado la Constitución para favorecer a quien está en ejercicio del poder, tal y como ocurrió en el referendo revocatorio de 2004, cuando el pueblo según la Constitución vigente revocó el mandato del Presidente al obtener la opción del Sí mayor votación que la del No, pero el TSJ ya había dicho que el Sí debería obtener más votos que los obtenidos en la elección del Presidente).

Fíjese, estimado lector, que en la Constitución vigente se incluyó el adjetivo ‘descentralizado’ en el discutido artículo 6. Y hoy vemos cómo se desmantela la descentralización en la práctica. El presidente nombra a dedo (incluyendo padre y hermano) los candidatos a gobernadores y alcaldes para después, si no logran el triunfo en las elecciones, ordenar la devolución al poder central de las competencias transferidas y de los bienes que estaban en sus manos.

Pero el principio fundamental que ha violado Chávez con más persistencia es el de la alternación en la Presidencia. Un gobierno alternativo no significa, como lo dijo en una de sus nerviosas cadenas de radio y TV de estos días, que haya dos o más opciones presentes en unas elecciones, porque en todo caso en el artículo 6 se incluye la palabra ‘pluralista’.

El Diccionario de la Real Academia de la Lengua, que es el mismo de todas las academias de nuestros países que hablan español, dice que la primera acepción de la palabra alternativo es: “Que se dice, hace o sucede con alternación”.

Y “alternación” viene del verbo alternar que significa variar, cambiar. El DRAE enumera estas acepciones para alternar: “1. Variar las acciones diciendo o haciendo ya unas cosas, ya otras, y repitiéndolas sucesivamente. ‘Alternar el ocio y el trabajo.’ ‘Alternar la vida en el campo con la vida urbana.’. 2. Distribuir algo entre personas o cosas que se turnan sucesivamente. 3. Cambiar los lugares que ocupan respectivamente los términos medios o los extremos de una proporción. 4. Dicho de varias personas: Hacer o decir algo o desempeñar un cargo por turno. 5. Dicho de ciertas cosas: Suceder a otras recíproca y repetidamente. ‘Alternar los días claros con los lluviosos’. ‘Alternar las alegrías con las penas’.”
De manera que Chávez está obligado a alternar en la Presidencia. Gobierno alternativo significa que el Presidente debe ser uno nuevo, otro, en 2013.

Si no se va antes: a lo mejor en un acto de lucidez reconoce su incapacidad y renuncia.

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