Opinión Nacional

Operación Caldera

El caso Caldera resulta, sin duda, un triste y lamentable incidente que pone de manifiesto las miserias de la «política», en particular, en época de campaña electoral, en la que pareciera que todo se vale y que el fin justifica los medios.

Paradójicamente, en este caso, se ha movido con celeridad la Asamblea Nacional para acordar la «exhaustiva investigación» que en otros asuntos ha sido negada como en la tragedia de Amuay o en la escandalosa confesión de Eladio Aponte Aponte, patética muestra de la manipulación judicial.

Una grabación cuyo origen se desconoce, llevada a cabo con cámaras escondidas, ocultando el rostro y distorsionando la voz de uno de los intervinientes, ha sido exhibida en la Asamblea Nacional como demostración de la propuesta que habría sido hecha y aceptada por el otro interviniente, que recibe una cantidad de dinero, según lo ha dicho, para gastos de su campaña.

Este video ha sido presentado como prueba de un acto de corrupción que se presenta con la característica de la individualización de uno solo de los pretendidos corruptos, siendo así que si se trata de un acto de corrupción, propio o impropio, siempre son dos los que llevan a cabo la negociación por la cual deben responder; y si se trata de incriminar solamente al que se identifica como receptor de los fondos, no se acredita ni la amenaza ni la coacción que habría ejercido para obtener el beneficio.

Si nos apartamos de la consideración política para hacer una análisis jurídico, debe quedar en claro que no hay elemento alguno que permita hablar de soborno o de compraventa de un acto funcional, ni de concusión o «matraca» que supone que un funcionario infunda temor en una persona para obtener un lucro indebido.

En pocas palabras, se trata de una grabación sin valor legal alguno, que se presenta como una forma de provocación llevada a cabo por un particular que urde una maniobra o tiende una trampa para sorprender a otro en una pretendida acción reprochable, lo que no puede dar lugar a un delito real, sino putativo, imaginario o creado ficticiamente.

 

Se trata, sencillamente, de la provocación de un supuesto delito por un particular desconocido u oculto, con el fin de destruir moralmente a una persona que, bajo engaño, cayó en la trampa tendida.

 

Esto es inaceptable moral y jurídicamente. No se trata de justificar un acto de corrupción. Si hubiese habido un requerimiento ilegal o una presión para obtener un lucro indebido, el particular ha debido rechazarlo o denunciarlo ante la autoridad y ésta proveer lo conducente; si se trató de una solicitud de apoyo para una campaña, ello no es delito y en caso de no declaración de una fuente de financiamiento con tales fines, ello corresponde investigarlo al Consejo Nacional Electoral.

Pero, por encima de todo, lo que no puede aceptarse, es que se trate de liquidar moralmente a quien, en todo caso, como él lo reconoció, se prestó injustificadamente a solicitar ayuda económica a quien no debía y solo perseguía su ajusticiamiento.

 

 

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