El 28 % de las leyes aprobadas en 2023 no se han publicado en Gaceta Oficial
Acceso a la Justicia explicó que el artículo 215 de la Constitución de 1999 señala que “la Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”
Algunas de las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional (AN) en 2023 han terminado en el limbo, ya que no han sido publicadas aún en la Gaceta Oficial, por lo que técnicamente no han entrado en vigor ni se puede exigir su cumplimiento ni a las autoridades ni a los ciudadanos, denunció Acceso a la Justicia.
Luego de una revisión a los instrumentos aprobados por el parlamento de mayoría oficialista, 14 leyes fueron aprobadas, pero cuatro de ellas (28,57 %) no han sido sometidas al último trámite para considerar que en realidad están vigentes.
Acceso a la Justicia detalló que las leyes no publicadas en Gaceta Oficial son: Ley Especial de las Trabajadoras y Trabajadores Agrícolas, la Ley Aprobatoria del Acuerdo entre los gobiernos de Venezuela y de Turquía relativo a la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero del Año 2024 y la Ley Especial de Endeudamiento Anual.
Sobre esto, explicó que el artículo 215 de la Constitución de 1999 señala que “la Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente “cúmplase” en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”.
Por su parte, el artículo 1 del Código Civil expresa que “la Ley es obligatoria desde su publicación en la Gaceta Oficial o desde la fecha a posterior que ella misma indique”. Mientras que, la Ley de Publicaciones Oficiales, cuyo artículo 10 señala que «las leyes y demás actos jurídicos del Estado de efectos generales entrarán en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela».
También destacó que hasta la fecha no se ha dado información sobre si Nicolás Maduro vetó estas leyes de forma total o parcial, o si las promulgó.
En cuanto a la Ley aprobatoria sobre inversiones entre Venezuela y Turquía, explicaron que queda a discreción del Ejecutivo el momento de su promulgación, ya que está establecido en el artículo 217 de la Constitución.
Afirmaron que “los retrasos en la publicación de las leyes que el Parlamento sanciona se registran desde hace años, y aunque en 2023 el número de normas de las que se perdió la pista tras ser aprobadas por los diputados fue menor al registrado en el período previo, cuando ocho de esos instrumentos jurídicos corrieron esta misma suerte, lo cierto es que esta práctica y sus peligrosos efectos se mantienen vigentes”.
Subrayaron que estas irregularidades ”refuerzan la situación de indefensión e inseguridad jurídica” de los ciudadanos, dado que genera incertidumbre sobre los instrumentos aprobados.