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Un paso más hacia la igualdad

Tanto quienes quedaron satisfechos como aquellos que han expresado sus reparos al asunto coincidirán en la relevancia del fallo proferido el pasado jueves por la Corte Constitucional. Con seis votos a favor y tres en contra, el alto tribunal le dio vía libre a la ciudadana Verónica Botero para adoptar a la hija biológica de 6 años de quien ha sido su pareja desde el 2005: Ana Elisa Leiderman. La importante decisión, tomada luego de que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar negara aquella adopción y la Procuraduría General de la Nación se manifestara en contra por considerar que, de ser aprobada, se les estaría concediendo un derecho inexistente a los adoptantes (y, más aún, cuando no hacen parte de una familia heterosexual), puede calificarse como un paso fundamental hacia esa igualdad que la Constitución promete desde su preámbulo.

Y no es el primero. La sentencia C-577 del 2011 de la misma Corte, que ya había reconocido los derechos propietarios, pensionales y de seguridad social a las uniones homosexuales, determinó que “las parejas del mismo sexo podrán acudir ante notario o juez competente a formalizar y solemnizar su vínculo contractual”. Dos años más tarde, en el segundo semestre del 2013, y después de la vana espera para que el Congreso regulara la materia, empezaron a llevarse a cabo, contra viento y marea –lo que en el caso significa contra los prejuicios, las demandas y la oposición encarnizada de ciertos sectores–, los primeros matrimonios civiles.

Es verdad que, como ocurrió con el voto femenino o con la despenalización de la homosexualidad (que sucedió apenas en 1981), en unos años sonará extraño que a una persona no le fuera concedido alguno de sus derechos a causa de su orientación sexual. Pero la sociedad colombiana, en estos asuntos más conservadora que liberal, ha sido lenta a la hora de asimilar nuevas realidades sociales. Esto ha impedido aceptar que los triunfos de la comunidad LGBTI, en tanto ayudan a concretar la promesa de la igualdad, son hechos que merecen pleno reconocimiento.

Podría decirse, como lo ha mencionado en repetidas ocasiones el Ministerio Público, que en el caso de la adopción no se está hablando de los derechos de los adoptantes, sino de los derechos de los adoptados. Ya a finales del 2011, luego de una polémica en la que también participó el ICBF, que quizás deba revisar esas políticas, que tienen a más de 11.000 huérfanos (considerados “de difícil adopción”) a la espera de una vida en familia, se le reconoció en Colombia a un periodista homosexual llamado Chandler Burr el derecho a adoptar individualmente a dos niños. Y quienes se opusieron con vehemencia no vieron por ningún lado los beneficios que recibieron los menores.

Hay que fijarse en ellos, así como en las profundas transformaciones en la composición de las familias en Colombia, insumo fundamental en este debate. La Encuesta Nacional de Demografía y Salud (ENDS) 2010, de Profamilia, mostró que hoy solo el 43 por ciento se ajusta al modelo tradicional de familia nuclear, compuesta por un padre, una madre y sus hijos; las demás conforman núcleos diversos, entre los que figuran los hogares de una sola persona (unipersonales), los incompletos (falta el papá o la mamá) y los extensos completos (pareja con hijos solteros que vive con otros familiares).

Hoy, el 34 por ciento de las familias (10 por ciento más que hace 15 años) están encabezadas por una mujer, que responde sola por todas las necesidades de la unidad, mientras que solo el 56 por ciento de los niños viven con ambos padres, frente al 32 por ciento que crecen solo con la madre, el 3 por ciento con el papá y un preocupante 7 por ciento que no tiene ni a la una ni al otro.

Por otra parte, el argumento de que los hijos adoptivos de homosexuales podrían correr el riesgo de asumir la misma orientación sexual, más que una ofensa (pues, entre la intolerancia y la ignorancia, parte de que la homosexualidad es un problema para la sociedad), no tiene sentido. Como bien dijo el defensor del pueblo, Jorge Armando Otálora, “los resultados de la investigación existente que compara padres homosexuales y madres lesbianas con parejas heterosexuales indican que no hay evidencia científica respecto a los temores sobre la crianza de los niños y niñas por las parejas de personas del mismo sexo, y que no existe fundamento verificable de los estereotipos o temores sociales relacionados con la crianza de niños y niñas por padres o madres homosexuales”.

Es este también el momento de ver, con la humanidad por delante, que la adopción por parejas homosexuales –que cumplan, por supuesto, con las condiciones que deben cumplir las parejas heterosexuales– no es más ni menos que un acto de justicia con tantos menores a los que, como bien dijo el defensor Otálora, no se les ha garantizado el derecho a una familia, a no ser separados de ella, a cultivar su dignidad y a mejorar sus condiciones de vida. Falta dar el siguiente paso: el de no limitar la decisión a que un miembro de la pareja sea el padre biológico. Pero el progresista fallo de la Corte, que no pretende pasar por encima de las convicciones de nadie, sino reconocer los derechos que no se han reconocido, es una manera de continuar por el camino correcto.

(Editorial)

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