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Privativa de libertad

Cuando el director de un recinto penitenciario es capaz de afirmar que el traslado de cualquier persona allí recluida “está listo”, es porque se siente con capacidad para decidir lo que no le corresponde. Cuando esto ocurre, es porque los encargados de decidir el lugar de reclusión de cualquier persona privada de libertad, que son los jueces, han perdido esa capacidad; y cuando esto ocurre, es porque ellos también han perdido la capacidad para decidir quién debe ser privado de libertad.

Cuando el poder judicial priva de libertad “mientras dure el proceso” a una persona que bien mirado los hechos que se le imputan no debería ni siquiera estar sometida a juicio, porque los mismos no revisten carácter penal, resulta obvio que la decisión fue tomada por alguien distinto a aquél que aparece firmando la privativa de libertad.

En esta paradójica situación se encuentran desde los más encumbrados miembros del tsj, con la condición de titulares, hasta cualquier juez de municipio o de parroquia con la condición de suplente. Están privados de libertad. Por supuesto, no se trata de la libertad física que le permite a alguien circular por el territorio de la república y entrar y salir de ella ejerciendo el derecho que consagra el artículo 50 del texto constitucional; sino de la libertad mental, que se entrega a la voluntad del tirano y le impide decidir de acuerdo con su criterio.

Es la libertad de pensar la que está en juego; y por eso ha causado tanto revuelo el llamado de un prisionero a sus conciudadanos para que protesten y que ese llamado tenga eco en la ciudadanía.

El director del penal no quiere oír el sonido de los barrotes al ser golpeados dentro del recinto, donde quizá los puede controlar, ni en lugares adyacentes donde no los puede controlar y por eso el coronel decide el traslado, porque en realidad lo que necesita y requiere es una calma absoluta en su entorno, que le permita mantener a su vez una calma absoluta en lo interno.
Por eso le resulta incómodo tener que hacerse cargo de la negativa con la cual, a través del silencio, el Tribunal de Juicio responde a la solicitud del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos para que ponga en libertad a Leopoldo López. No es retaliación. Lo que quiere es que lo dejen tranquilo para no tener que pensar.

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